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En una edición muy especial, por conmemorar su 40ª edición, el Congreso de Derecho de la Circulación abordó diversos temas relacionados con la regulación y la práctica legal en el ámbito de los seguros de responsabilidad civil en vehículos. Se destacó la reforma pendiente de la Ley de Responsabilidad Civil y Seguro de Circulación, así como la normativa sobre Vehículos de Movilidad Personal (VMP). También se analizaron casos judiciales recientes y se discutió sobre la valoración del daño corporal y la protección de datos en seguros de automóviles. El evento, organizado por INESE y la revista RC, contó con el patrocinio de BCNDATA, Clyde & Co, Premed y Valora y la colaboración de CED.
Abrió esta convocatoria tan especial del CDC la directora de INESE, Susana Pérez, que en sus palabras de bienvenida a los más de 250 asistentes, se refirió a la trayectoria histórica del Congreso, el entorno normativo y los avances que se han ido produciendo en estas cuatro décadas. Tuvo un especial recuerdo para Jaime Santos Briz, magistrado del Tribunal Supremo y director de la revista RC durante muchos años, y para Enrique Ruiz Badillo, presidente de Sala Segunda del Tribunal Supremo y magistrado del Constitucional, que colaboraron muy activamente en la organización de las primeras ediciones del CDC.
En el Congreso se puso de manifiesto que los cambios legislativos, unidos a la necesidad de crear un marco de transparencia y protección de las víctimas, suponen todo un gran reto para el sector asegurador en los próximos años. Es un momento de cambio, en el que es fundamental seguir aportando valor al sector. En esta línea se inscribe la labor desarrollada por CED, que pone el foco en “acompañar a los clientes del sector asegurador para que presten el mejor servicio a las víctimas y puedan aportar cada vez más un servicio rápido, riguroso e integral en la gestión de Siniestros Corporales”.
Javier Castillo, subdirector general de Regulación y Relaciones Internacionales de la DGSFP, comentó los trabajos y el impulso que se está dando para que la reforma de la Ley de RC y Seguro en la circulación de vehículos a motor vea pronto la luz. Introducirá nuevos conceptos sobre el “hecho de la circulación” y “vehículo a motor”.
José Antonio Badillo, director de la revista de RC, y Cristina Casado, responsable Técnico-Legal / Seguros Generales de Unespa, comentaron la situación de la normativa de los Vehículos de Movilidad Personal (VMP), el seguro y los requisitos para conducirlos de edad, formación, vías, el registro (que estará listo a principios de 2025), la limitación de velocidad y las sumas del seguro obligatorio.
Javier López García de la Serrana, presidente de la Asociación Española Abogados especializados en RC y Seguro, hizo una detallada relación de las últimas sentencias sobre el perjuicio excepcional y perjuicios indirectos no tipificados, mientras que Federico Maroto, claims manager de Gen Re en España y Portugal, siguiendo el articulado de la Ley 35/2015 sobre la valoración de daños y perjuicios a las personas por accidentes de circulación, analizó el impacto en las reservas y el negocio de reaseguro especialmente por la duración de la gestión de los siniestros y el Art. 20 de la LCS.
La satisfacción del cliente y las claves para mejorar su experiencia fueron el eje central de la mesa redonda ‘La pérdida total. Puntos de mejora en la gestión del siniestro’. Como moderador del debate, Martí Segundo, director de Ventas y Marketing de BCNDATA, destacó que la pérdida total de un vehículo es una experiencia desafiante para cualquier asegurado, ya que implica no solo la pérdida material, sino también la incomodidad y el estrés asociados con la gestión del siniestro. Para lograr la satisfacción del asegurado en estas circunstancias, es fundamental mejorar varios aspectos de la gestión del proceso. Así, es esencial la comunicación transparente y oportuna por parte de la compañía de seguros. “Los asegurados necesitan saber qué esperar en cada etapa del proceso, desde la evaluación inicial hasta la compensación final. Además, se debe agilizar el proceso de reclamación, minimizando la burocracia y simplificando los trámites requeridos”, comentó Segundo. Esto incluye ofrecer opciones claras y flexibles para la liquidación de la reclamación, que se ajusten a las necesidades individuales del asegurado. Asimismo, la empatía y el apoyo por parte de los representantes de la compañía son cruciales para brindar un servicio que no solo resuelva el problema práctico, sino que también reconozca el impacto emocional del evento.
Para Ana Ruiz Barrera, responsable del Centro de Tramitación de Convenios de Allianz, “la transparencia y la comunicación de la solución propuesta son elementos fundamentales para que el perjudicado se sienta cómodo”. “Es muy importante gestionar adecuadamente su expectativa, aclararles lo que va a ocurrir a continuación”, comentó.
Jordan Arenas, gerente de Gestión de Siniestros de Daños Materiales de Mutua Madrileña, puso el acento en el valor del acompañamiento, pues “estamos en un momento en que debemos ponernos en la piel del cliente”. Explicó la importancia de contar “con una ayuda tecnológica, que nos predice cuáles son los asegurados que tienen más insatisfacción; con ellos redoblamos esfuerzos de atención y acompañamiento”.
Igualmente, Julio Martín Prior, responsable de Siniestros de Prestaciones Auto de Axa España, resaltó que es en este tipo de siniestros en los que la aseguradora “debe tener más sensibilidad y atención. Es necesario dar información clara, con soluciones precisas y rápidas; cuanto más veloz sea la tramitación, mejor será la experiencia del cliente”.
Carlos Represas, médico forense y director de Innovación en PROMEDE, analizó los modelos predictivos sobre la valoración del daño corporal desde el punto de vista médico forense en base a las aportaciones de la inteligencia artificial. Los algoritmos, dijo, no podrán sustituir al juicio humano y siempre estará el sesgo del perito. El diagnostico se basará en una escala veraz y objetiva con datos de calidad.
Mariano Medina, presidente de Honor de la Asociación Española de Abogados Especializados en RC y Seguro, habló luego del gasto medico futuro e hizo un análisis crítico de los artículos 113 y 114 de la Ley 35/2015, citando especialmente las sentencias del Tribunal Supremo de 13 de enero de 2017, de 13 de diciembre de 2017 y de 14 de septiembre 2023 y la 20 de Junio de 2013, en la Audiencia Provincial, sobre esta materia. También se refirió a la subrogación de los servicios públicos de salud por los gastos de asistencia sanitaria. Insistió en que los abogados deben reclamar los gastos médicos futuros sin límite temporal y cuantitativo.
La asesora médica de Zurich, María José García, habló sobre las valoraciones problemáticas: secuelas preexistentes, perjuicio cutáneo y perjuicio estético, insistiendo en la diferencia entre perjuicio estético y daño estético.
El final de la primera de jornada del CDC se centró en los siniestros, bajo la mirada de Miguel Relaño y Laura Ochoa, partner y socia, respectivamente, de Clyde & Co. Hicieron una exposición en forma de entrevista sobre los siniestros con elemento extranjero en la jurisdicción y tribunal competente, deteniéndose especialmente en los que se reclaman en Reino Unido, advirtiendo sobre las elevadas costas judiciales que conlleva acudir a los tribunales; solo en reclamaciones inferiores a 25.000 euros existe un baremo de honorarios de referencia. Ha de tenerse en cuenta que tras el Brexit se incorporó Roma II al derecho interno.
Expusieron las normas y cautelas a tener en cuenta en los siniestros que se gestionan en Reino Unido. Finalmente comentaron las reclamaciones procedentes de la Caja de Enfermedad Barmer alemana que, a diferencia de España, repiten no solo por los gastos de asistencia sanitaria sino también por las pensiones de viudedad y orfandad.
La segunda jornada del CDC se inició con la intervención de José Antonio Romero Bustamante, del despacho Romero Bustamante, que habló sobre ‘La demanda de jactancia. La dilación de los procesos de reclamación’. Como explicó, se trata de una acción medieval que no ha sido derogada en el Código Civil. “La Jurisprudencia -afirmó- ha declarado la vigencia y la aplicabilidad de la Ley de Jactancia. El procedimiento es el juicio ordinario y se trata de obligar al lesionado, en este caso, a presentar la demanda y que no se dilate el procedimiento. No se debe incluir la pretensión indemnizatoria en la demanda”.
El abogado José Manuel Villar Calabuig se centró en la trasparencia en la tramitación de siniestros del automóvil. Sin llegar a expresar una queja, dejó claro que “la ley 20/1995, esta materia la trata sólo referida a la actividad comercial, pero no a la gestión de siniestros; tampoco las Directivas sobre transparencia y sobre la motivación de la oferta motivada”. Resumió posteriormente las obligaciones de las partes, subrayando que el perjudicado debe formular reclamación, aportar documentación, prestar colaboración, mitigar el daño y pagar periciales para pedir el informe médico definitivo, mientras que el asegurador debe ser diligente, hacer oferta motivada, pagar en plazo y sin condición.
Según Santiago Balboa, CEO de Valora y Premed, encargado de presentar la ponencia de José Manuel Villar, la transparencia y el rigor son señas de identidad de sus empresas y, en ese sentido, coincidió con el propio Villar en que la confianza entre las partes involucradas es clave en la gestión de siniestros, siempre y cuando se dote al proceso, precisamente de esa transparencia y rigor. Concluyó también que la transparencia de la oferta motivada se debe en gran medida a la propia definición que se hace, tanto en la ley como en la guía de buenas prácticas.
Juan Antonio Belón, responsable de siniestros Flotas de Howden, describió las características de los vehículos especiales para que necesiten, por ley, contratar un seguro obligatorio de automóviles, diferenciando entre la situación actual y la Transposición de la Directiva 2021/20218. A su juicio, dicha transposición “va a ayudarnos a clarificar más si un siniestro se debe tramitar por medio de una póliza u otra, lo que se traducirá en una reducción de tiempos”. En este contexto, presentó también las diferencias en relación con el concepto de hecho de la circulación, y de lo que incluye el aseguramiento. De forma práctica, aportó seguidamente casos de siniestros de vehículos especiales y su resultado.
En la apertura del Congreso, se realizó un sencillo pero emotivo homenaje a Alejandro Izuzquiza, director de Operaciones del Consorcio de Compensación de Seguros hasta hace unas semanas, que se ha jubilado. Susana Pérez, le hizo entrega de una placa en reconocimiento a su labor profesional durante más de 40 años, tanto en la DGSFP como en el Consorcio. Le agradeció singularmente su carácter conciliador y su permanente predisposición a colaborar con toda la industria aseguradora y en especial con INESE y en concreto con la organización de varias ediciones del CDC. Izuzquiza agradeció emocionado este gesto, reconociendo que “en los 50 días que llevo ya jubilado esta distinción es sin duda una de las que más me ha sorprendido y alegrado”.
La última ponencia del Congreso se enfocó en la Protección de Datos en la nueva Ley de Responsabilidad Civil del Automóvil, describiendo sus efectos prácticos. Agustín Puente, socio de Brosera Abogados, comenzó señalando la necesidad de que la normativa consiga que se cumplan los principios básicos de protección de datos, especialmente los relativos a licitud, lealtad y transparencia. “La diferencia con el régimen anterior -afirmó- es que ahora hay que aplicar el consentimiento solo cuando no haya remedio”. Se respondió luego a la pregunta de ¿qué se hace con los datos de salud?, indicando que “la nueva normativa prohíbe generalmente su tratamiento, aunque existen algunas excepciones”.
Según Puente, en una normativa de protección de datos y seguro de Responsabilidad Civil de Automóviles, “se tendrían que regular ciertas cuestiones muy relevantes, en especial, en relación con el ciclo de vida de contrato, los datos que se pueden tratar tanto antes y después de establecer el contrato, sobre todo los de salud, que son los más frágiles, o los de solvencia del nuevo cliente”. En este sentido, “hay que unir a la base jurídica que haya excepciones a la base del tratamiento de los datos de salud. Esto es imprescindible porque los datos de salud son necesarios para tratar las reclamaciones y aplicar el cumplimiento de obligación legal de indemnizar”. Concluyó que “una posible solución podría ser la creación de plataformas o sistemas con áreas protegidas, cifradas y logadas donde se subiera esta información médica. Asimismo, podrían establecerse unas bases para la creación de nuevos sistemas comunes de información”.