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Organizado por INESE y ‘Revista RC’, a finales de marzo se ha celebrado en Madrid el XXVIII Congreso de RC y Seguro. En esta ocasión, contó con el patrocinio de Bufete Albanés & Asociados, Blecua Legal, Simmons+Simmons y CGPA Europe y la colaboración de los despachos Ejo Abogados y Jiménez Muñiz Abogados. Durante el mismo se abordaron, desde distintos puntos de vista, temas clave como los MASC, la defensa jurídica en los siniestros de RC, la nueva Ley de Producto, riesgos emergentes, accidentes laborales, la aplicación del Baremo fuera del ámbito del automóvil o la función de la jurisprudencia penal en RC.
Tras unas palabras de apertura de Juan Manuel Blanco, director Editorial y de Estudios de Inese, Juan Portanet y Karina Pires, socios de Blecua Legal, analizaron en la primera ponencia el primer año de vigencia de los MASC en un contexto de colapso judicial sin precedentes. Destacaron que el sistema español enfrenta una situación crítica, con una tasa de jueces por habitante de 12 por cada 100.000, muy inferior a la media europea (20 por cada 100.000). Con cuatro millones de expedientes acumulados en 2024, un 14% más que el año anterior, y tiempos de resolución que han pasado de 13 a 25 meses en recursos de casación, la Ley 1/2025 surge como una herramienta necesaria para fomentar la negociación previa. En el ámbito de la Responsabilidad Civil y el Seguro, Portanet señaló la eficacia de figuras como la oferta vinculante confidencial, la negociación directa o la opinión de experto independiente.
No obstante, Pires advirtió sobre las significativas lagunas y la falta de criterios unificados que están lastrando la implementación de estos mecanismos. Entre las principales problemáticas, señaló la inseguridad jurídica en torno a la subsanabilidad de errores, la acreditación defectuosa del acceso al contenido del MASC, donde algunas provincias admiten incluso comunicaciones vía WhatsApp, y las complicaciones procesales derivadas de domicilios desconocidos o falta de respuesta, que pueden conllevar la pérdida de costas aun venciendo en el pleito. Ambos concluyeron que, aunque las cláusulas MASC en pólizas de grandes riesgos pueden mejorar la gestión interna, el éxito de la reforma depende de un esfuerzo colectivo. “El colapso actual es superior y es inviable atender a criterios diferentes en cada juzgado; la utilidad del sistema está en nuestras manos y en nuestra capacidad para unificar su aplicación”, apostilló Portanet.
A continuación se desarrolló una mesa redonda, moderada por Antonio Albanés Paniagua, socio de Bufete Albanés y Asociados, en la que se analizó la complejidad de la defensa jurídica en los siniestros de Responsabilidad Civil. Elena Armero, subdirectora de Siniestros de HDI, definió esta cobertura como una garantía adicional crítica que debe ser analizada con rigor, especialmente en programas internacionales donde los gastos de defensa pueden estar sujetos al límite de la suma asegurada. Durante el debate surgió la discrepancia técnica sobre este límite: mientras las aseguradoras suelen vincularlo al capital de la póliza, Alicia Llaneza, directora de RC Profesional de AON, defendió la postura de los brókers, que sostienen que estos gastos deberían guardar proporción con la cuantía de la reclamación que se defiende y no solo con el límite de indemnización contratado.
En la mesa se abordó con profundidad el conflicto de intereses, recurrente cuando asegurado y reclamante pertenecen a la misma compañía o cuando existen discrepancias sobre la estrategia procesal, como ocurre si la aseguradora busca un acuerdo y el cliente prefiere continuar el litigio. Llaneza subrayó la presión que se ejerce en pólizas colectivas de RC, donde el profesional suele forzar el pago para evitar la pérdida del cliente. En cuanto a la defensa penal, Armero recordó que habitualmente queda fuera de la RC salvo pacto específico. Asimismo, se discutió la prevención frente a la mitigación; mientras que el asegurador solo cubre gastos una vez activado el siniestro, Llaneza defendió el asesoramiento previo para evitar daños futuros, argumentando que prevenir la siniestralidad es un beneficio mutuo. Albanés concluyó instando a explorar cada póliza para gestionar estos conflictos, advirtiendo que la casuística es rica y requiere un estudio pormenorizado de las exclusiones y los derechos de libre elección del abogado.
La conferencia de clausura del Congreso estuvo a cargo de Julián Sánchez Melgar, magistrado del Tribunal Supremo, que habló sobre la función de la Jurisprudencia Penal en la RC. En ella, reivindicó el éxito del sistema procesal español al permitir el ejercicio conjunto de las acciones penal y civil, un modelo que, en su opinión, aporta agilidad y reduce costes frente a sistemas europeos vecinos.
Sánchez Melgar subrayó que la Jurisprudencia no es algo ‘anquilosado’, sino un motor dinámico que evoluciona gracias a la labor de la Abogacía, capaz de proponer nuevos enfoques que el Supremo integra para hacer ‘mejor justicia’.
La nueva Directiva de Responsabilidad por Productos fue analizada por Silvia Álvarez, directora jurídica de Allianz, y Santiago Martín, director del ‘Boletín RC y Seguro’. Álvarez destacó un cambio de paradigma: la ampliación del concepto de producto, que ahora integra intangibles como el software o la IA. Esta actualización, afirmó, “pretende proteger al consumidor ante complejidades tecnológicas, como vulnerabilidades de ciberseguridad o falta de control del fabricante. De hecho, si un operador no presenta la documentación técnica requerida o si las explicaciones dadas no son comprensibles para un consumidor medio, el juez podrá presumir la existencia de un defecto, reforzando así la protección de los colectivos más vulnerables”.
Martín subrayó la dificultad de concretar estos nuevos riesgos en los condicionados, especialmente en lo relativo a la unidad de siniestro en serie, ya que un error de software puede replicarse instantáneamente en miles de dispositivos. Se recordó asimismo que la Directiva introduce modificaciones críticas en la responsabilidad: se elimina la franquicia de 500 euros y el límite máximo de 63 millones de euros, estableciendo una responsabilidad ilimitada. Además, aunque se mantiene la caducidad general de 10 años, esta se extiende a 25 años en casos de lesiones personales latentes. Ante este escenario, Álvarez advirtió que “las aseguradoras tendremos que adaptar nuestras pólizas para cubrir no solo daños materiales, sino también la pérdida de datos o daños a la salud psicológica, lo que exigirá un análisis riguroso de la gobernanza de la IA y los protocolos de actualización de los fabricantes”.
Olivia Delagrange y Javier Montero, partners de Simmons & Simmons, pusieron luego el foco en la Responsabilidad Civil derivada de los sistemas de inteligencia artificial (IA) y los ciberriesgos. En el marco del Reglamento (UE) 2024/1689 y la Directiva (UE) 2024/2853 de productos defectuosos, destacaron que la IA no es un sujeto jurídico responsable. Por ello, Montero expuso que “la responsabilidad recae en el profesional o empresa que no ejerce la diligencia debida en su uso, ya sea por falta de supervisión o por el incumplimiento de las condiciones de uso de los proveedores”. Además, advirtió, “la IA actúa como un multiplicador de la eficacia de los ciberataques, reduciendo la barrera de entrada para los atacantes y aumentando la personalización de delitos”.
Delagrange se centró en la vulnerabilidad de los centros de datos, infraestructura física que sostiene la IA. “Estos edificios ‘técnicos’, que consumen hasta el 2% de la energía mundial, presentan desafíos únicos por su enorme impacto en caso de siniestro, afectando directamente a pólizas de RC profesional, D&O, negligencia médica y ciberseguros”, afirmó. Completó su análisis con una referencia al constante crecimiento de los ciberataques en España, remarcando el hecho de que en 2023 la cifra superó, por primera vez, los 100.000 ciberincidentes registrados.
Con su dinamismo habitual, Lourdes Freiría, presidenta de IGREA, profundizó en su muy interesante ponencia en la Responsabilidad Civil de las compañías aseguradoras frente a sus asegurados. Comenzó definiendo la RC como “el riesgo más difícil de gerenciar por su carácter transversal” y subrayó posteriormente que “la RC mueve el mundo” y que “su valor real se materializa en el siniestro, momento en el que la solvencia, la capacidad técnica y el acompañamiento de la aseguradora actúan como salvaguardas del patrimonio empresarial”. En este sentido, defendió la defensa jurídica como un elemento esencial que requiere una estrategia conjunta entre las partes, señalando que “este seguro no debería generar conflictos de intereses, ya que ambos actores compartimos el mismo objetivo: protegernos frente a un tercero”.
Para optimizar esta relación, la presidenta de IGREA propuso la implementación de protocolos de actuación mediante documentos anexos a la póliza, donde empresa, bróker y compañía acuerden de antemano cómo organizarse ante una reclamación. Freiría destacó que “una gestión profesional no solo aporta beneficios financieros, sino también reputacionales. Una respuesta rápida y responsable de la aseguradora en el momento crítico refuerza la confianza de socios y clientes”.
Dos representantes de Relyens, Juan Gil-Casares, director comercial, y Marta Pérez Losada, técnica de siniestros del Departamento de Indemnización, abrieron la sesión vespertina del Congreso analizando la RC Sanitaria frente a retos actuales como el envejecimiento poblacional, el incremento de enfermedades crónicas, la ciberseguridad y el agotamiento profesional. Para abordar estos desafíos, Gil-Casares detalló cinco vías estratégicas de gestión: el apoyo financiero y organizativo, el marco oficial y sectorial, la formación continua, la gobernanza y la implementación de marcos integrados de gestión de riesgos empresariales.
En cuanto a la arquitectura de las pólizas, ambos destacaron que la creciente complejidad de la prueba pericial exige soluciones altamente especializadas. Pérez Losada subrayó como elementos críticos “la delimitación precisa del riesgo, el uso de cláusulas claims made y el establecimiento de retroactividades amplias para garantizar cobertura ante reclamaciones tardías”. Un punto clave de la intervención fue la gestión de la concurrencia de seguros. Los ponentes instaron a “una coordinación rigurosa entre la responsabilidad individual del profesional y la de la organización sanitaria para evitar duplicidades”.
Amelia de Querol, subdirectora de Siniestros de RC de Mapfre Global Risks, clausuró la primera jornada analizando la creciente complejidad de la RC Patronal, impulsada por una mayor conciencia jurídica de los trabajadores y un repunte en siniestros graves. Enfatizó en “la urgencia de adaptar las pólizas a la reciente doctrina del Tribunal Supremo sobre el sublímite por víctima. Esta nueva interpretación exige que el límite sea destacado y aceptado expresamente por el asegurado para ser oponible frente a terceros; de lo contrario, la aseguradora podría verse obligada a indemnizar hasta el máximo por siniestro”. Asimismo, subrayó la importancia de la comunicación inmediata del accidente para mitigar el impacto del recargo de prestaciones, instando a las aseguradoras a “acompañar al cliente desde el inicio del procedimiento para evitar los efectos de la cosa juzgada”. En cuanto a la gestión procesal, abogó por “un llamamiento temprano en los litigios y una colaboración estrecha con el asegurado para resolver conflictos de intereses y agilizar los pagos. Si hay que indemnizar, cuanto antes mejor”, concluyó, señalando que la rapidez en la gestión no solo estabiliza los costes, sino que protege la reputación de la entidad y su patrimonio ante una siniestralidad al alza.
José Luis Quilis, responsable de Suscripción y Siniestros de CGPA Europe, analizó el impacto del Real Decreto-Ley 3/2020, el cual define como un punto de inflexión al endurecer las obligaciones de transparencia y asesoramiento de los mediadores. Subrayó que el mediador debe actuar siempre bajo los principios de honestidad, imparcialidad y equidad, facilitando toda la información necesaria para que sea el asegurado quien tome una decisión motivada. Este deber de información posee una doble dimensión: una objetiva, marcada por mínimos legales imperativos, y una subjetiva, derivada de la aplicación de la lex artis ad hoc según la complejidad del riesgo y el perfil del tomador.
Para mitigar la responsabilidad civil, que en un 30,5% de los siniestros deriva de fallos en el asesoramiento y en un 45,8% de errores administrativos, Quilis instó a los profesionales a evitar la estandarización absoluta y a documentar rigurosamente el análisis de necesidades. Advirtió que, ante un conflicto judicial, la carga de la prueba recae en el distribuidor, por lo que resulta imprescindible registrar de forma fehaciente la entrega de información clara sobre exclusiones y límites técnicos. “No solo hay que informar correctamente, sino que se debe poder probar que se ha hecho”, concluyó Quilis, destacando que una gestión profesional de la documentación es la mejor salvaguarda para la reputación y el patrimonio del mediador.
El Congreso contó con un panel sobre la transformación regulatoria de la micromovilidad, moderado por José Antonio Badillo, director de la Revista `RC’. En el mismo Javier Castillo, subdirector general de la DGSFP, comenzó detallando la nueva definición de “vehículo a motor” tras la Ley 5/2025, explicando que aquellos con velocidad superior a 25 km/h (o más de 25 kg y 14 km/h) se consideran Vehículos Personales Ligeros (VPL) y están sujetos al seguro obligatorio desde el 2 de enero. Destacó que, aunque la directiva europea dejó margen a los Estados, España ha optado por exigir seguro a los VMP que cuenten con certificado de circulación, registro e identificación, equiparando incluso a ciclomotores a aquellos que superen los 25 kms/h, lo que supone un hito en la protección de víctimas en entornos urbanos.
Por su parte, Juan José Arriola, subdirector general de Movilidad y Tecnología de la DGT y Coral Sevillano subdirectora adjunta de Vehículos de la DGT, analizaron el nuevo sistema de inscripción e identificación de los VMP según el RD 52/2026, que obliga al registro online para consolidar la seguridad jurídica. Sevillano subrayó la preocupante siniestralidad, con 14 fallecidos en 2024 y 19 en 2025, además de riesgos emergentes como las explosiones de baterías. Ante este escenario, adelantó próximas acciones normativas de la DGT: fijar una edad mínima de 15 años para su uso, la obligatoriedad del casco y elementos reflectantes, y la restricción de su circulación en zonas peatonales, buscando una convivencia segura con el resto de usuarios de la vía.
María Ángeles Parra Lucán, magistrada del Tribunal Supremo, analizó la evolución de la Sala Primera respecto al uso del Baremo de Automóviles fuera del ámbito de la circulación, destacando el cambio de paradigma de la sentencia del Pleno 951/2025. Esta resolución modifica la doctrina tradicional al permitir la aplicación orientativa del sistema de la Ley 35/2015 en sectores ajenos al seguro obligatorio, incluso para hechos ocurridos antes de su entrada en vigor. Subrayó que, frente a criterios subjetivos o de “tanto alzado”, el Baremo aporta racionalidad, objetividad y seguridad jurídica, garantizando el principio de indemnidad del daño; no obstante, advirtió que su aplicación no es automática ni obligatoria por analogía, sino que actúa como una herramienta de cuantificación que debe respetar siempre el debate procesal.
Un punto crítico abordado fue el criterio temporal de aplicación, especialmente tras el giro jurisprudencial de abril de 2025 en un caso de daños por amianto. La magistrada explicó que, aunque tradicionalmente se aplicaba el baremo vigente en el momento del siniestro, el nuevo criterio establece que, si el Baremo de 2015 recoge de forma más racional la valoración de los daños y el demandante lo solicita, se debe acudir a este, aunque el daño se produjera con anterioridad. Al tratarse de un instrumento orientativo y no de una norma de obligado cumplimiento íntegro, el juzgador tiene margen para moverse de sus efectos concretos.
Roberto Hernández, director de Siniestros de Zurich, y Francisco Lisbona, director de Zurich Resilience Solutions, analizaron el impacto de la DANA, que se saldó con 237 fallecidos y un coste para el Consorcio de Compensación de Seguros de 4.800 millones de euros. Resaltaron que la magnitud del desastre ha dejado un riesgo medioambiental latente y ha evidenciado fallos críticos en los elementos esenciales de preparación. Para abordar esta situación, propusieron una estrategia de gestión integral basada en la previsión y mitigación, articulada en cinco fases: preparación, respuesta, recuperación, reconstrucción y reducción del riesgo, subrayando la importancia vital de auditar los planes de emergencia actuales.
Asimismo, destacaron que el sector asegurador debe evolucionar hacia un modelo de resiliencia proactiva. En este sentido, hicieron un llamamiento a la formación continua en gestión de riesgos y al uso de soluciones tecnológicas para mejorar la capacidad de anticipación. A juicio de ambos, la clave para minimizar el impacto de futuros eventos climáticos extremos reside en la colaboración público-privada y en la implementación de medidas que garanticen una recuperación más rápida y sostenible.
RC Y PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES: Ley 5/2025: SOA y obligaciones empresariales, por Julia Torres