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POR AZAR

Actualidad Aseguradora nº09 año 130

La indisoluble relación entre Derecho y Seguros tiene distintos ángulos y variadas perspectivas. Si en enero pasado escribía sobre ese trabajo monumental en clave legislativa que supone el libro “La transparencia en el mercado de seguros”, cuyo autor es el doctor en Derecho Félix Benito, secretario general de SEAIDA (Sección Española de la Asociación Internacional de Derecho de Seguros), a las puertas del verano se presenta otro proyecto en Derecho de largo enfoque y fines específicos. 
En estos momentos, la captación de nuevos asegurados se ha convertido en un proceso que raya la impertinencia. Muchas veces ni es oferta ni es información. Es, simplemente, un lío para los ciudadanos.

Las llamadas, no solicitadas, de ciertos operadores bancarios y de otros mediadores que antes de entrar en materia te avisan de que están grabando, son necesarias y, a la vez, una quiebra de la calificación de confianza que debe presidir todo contrato de seguros. Se podrá argumentar, pero es obvio que el cliente no tiene copia de la declaración, luego está en desventaja. Siempre se ha dicho que, en el seguro, el siniestro es el producto. Pues bien, cuando estos llegan, comienzan los fuegos de artificio. Como un día me dijo el director de Operaciones del LLOYD’S OF LONDON, regatear la indemnización es parte del negocio. 

No es de extrañar que, desde esa perspectiva, algunos negocios de mediación de siniestros florezcan, aunque terminen en los juzgados. Ante situaciones siniestrales concretas, los Departamentos Jurídicos acuden a los buscadores de sentencias, que a veces no les sirven demasiado. El porcentaje de siniestros judiciales o judicializados se sitúa en torno al 3% de los siniestros declarados. Aunque estimaciones más precisas los situarían en una banda entre el 3% y el 5%. El coste medio de estos siniestros multiplica por 9 o 10 el coste de un siniestro normal de resolución amistosa o extrajudicial. Lógicamente, los siniestros judicializados son los más complejos y los de mayor coste. Ahí es donde surge una solución que propone la empresa Forma-Tech, que plantea un tratamiento integral de los datos judiciales a través de RESDI, Repositorio de Sentencias y Dictámenes, que da acceso a las sentencias que forman la jurisprudencia propia de una entidad aseguradora. 

 

El porcentaje de siniestros judiciales o judicializados se sitúa en torno al 3% de los siniestros declarados

 

A efectos orientativos, el tratamiento masivo y sistemático de sentencias permitiría, por medio de un cuadro de mando, informar a la Dirección de la entidad de aspectos como su volumen de actividad judicial; con ello se controlaría el nivel de litigiosidad sobre el volumen total de siniestros. Disponer de esta información permitiría distribuir los contenciosos por ramos de actividad e identificar zonas y ámbitos de concentración litigiosa, para analizar problemas y posibles soluciones; y, partiendo de factores como ramo y zona, organizar la red de letrados colaboradores adecuada a las necesidades de la prestación del servicio. También serviría para señalar aquellas pólizas que concentran litigios, y, a partir de ahí, tomar decisiones. 

La combinación ramo-póliza-zona permite informar del nivel de actuación judicial dentro de cada ramo, por distintos rubros: medios de contratación, perfil del tomador, características técnicas del riesgo, etcétera. Además, identifica a las aseguradoras contrarias y proporcionaría estadísticas y comparativas para que la gestión judicial de los siniestros quede perfectamente enmarcada dentro del “tableau de bord” de los siniestros con enfoque judicial.  I

 

 

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