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ANÁLISIS JURÍDICO

Actualidad Aseguradora nº10 - 20 Junio 2022

Consulta: Dirección General de Tributos V0895-22 
Fecha: 27-4-2022

 

En octubre de 1995 el hijo de los consultantes sufrió un accidente de tráfico con lesiones. Se condena al autor de una falta de imprudencia en el accidente a que, por vía de responsabilidad civil, indemnice a aquel una determinada cantidad en concepto de indemnización por secuelas, más una renta vitalicia mensual, respondiendo civilmente de manera directa la aseguradora.

La consulta versa sobre la posibilidad de aplicar la exención contemplada en el artículo 7.d) de la Ley del IRPF a la referida indemnización, incluyendo la renta vitalicia. Según el escrito de consulta, debido a la intervención por liquidación en noviembre de 1999 de la compañía de seguros que tenía que hacerse cargo de la indemnización, la Comisión Liquidadora de Entidades aseguradoras (CLEA), dependiente del Consorcio de Compensación de Seguros (CCS), se hizo cargo de la responsabilidad de la indemnización.

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