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Francisco Ruiz
Director de los Dptos. de Responsabilidad Civil y Caución de Asefa Seguros
La producción de energía renovable es una de las principales herramientas con las que contamos para afrontar el importante desafío que se nos presenta con el cambio climático y el calentamiento global del planeta.
El informe REN 21 sobre el estado global de las energías renovables (publicado en junio de este año 2022) sitúa a España como octavo país del mundo en capacidad total de energía renovable y líder en solar fotovoltaica y eólica.
El peso de las energías renovables en nuestro mercado energético es indiscutible y su tendencia es al alza por los objetivos legislativos que promueven una mayor cuota de mercado de estas energías.
Según las cifras publicadas en el informe de Red Eléctrica Española para el ejercicio 2021, la generación con fuentes de energía renovables en España a finales del año pasado ascendió a 64.182 MW, y con ella se ha producido el 46,7 % de la generación total. Este aumento de la capacidad de producción debe canalizar su entrada a la red de energía a través de los procesos administrativos que regulan el acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica.
La legislación principal que afecta a este procedimiento son la Ley 24/2013 de 26 de diciembre, el Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre y la Circular 1/2021, de 20 de enero, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. El inicio de este procedimiento de acceso y conexión a la red eléctrica requiere de una garantía económica, siendo su no presentación un motivo de inadmisión. El importe de la garantía constituida será el equivalente a 40 €/kW instalado.
La finalidad de la garantía será la obtención de la autorización de explotación y será cancelada cuando el peticionario obtenga la autorización de explotación definitiva de la instalación de generación de electricidad
¿Cuándo puede ejecutarse esta garantía? Se realizará de manera inmediata cuando caduquen los permisos de acceso y conexión (definidos en el Real Decreto y que pueden ser, por ejemplo, provocado por el transcurso de más de cinco años sin haber obtenido la autorización administrativa de explotación, incumplimiento de hitos administrativos,…).
No obstante, el órgano competente para la autorización de la instalación podrá exceptuar la ejecución de la garantía depositada si la caducidad de los permisos de acceso y de conexión viene motivada porque un informe o resolución de una administración pública impidiese dicha construcción, y así fuera solicitado por este.
La constitución de esta garantía es factible a través de un seguro de Caución. Su funcionamiento habitual es a través de la clasificación de la empresa interesada tras un análisis de los estados financieros y otra información relevante a efectos de analizar la solvencia financiera.
La aseguradora proporcionará una determinada capacidad hasta la cual podrá emitir garantías el asegurado. Estas clasificaciones de línea suelen tener una vigencia de un año y deben renovarse con dicha periodicidad en función de la información actualizada del cliente (los avales emitidos seguirán siendo válidos aunque la clasificación no se renueve). Una vez abierta la línea con la capacidad determinada, se analizarán y emitirán las garantías exigidas en cada proyecto caso a caso.
El uso del seguro de Caución para la constitución de estas garantías presenta ventajas: no computa en CIRBE; aumenta la capacidad crediticia al no suponer riesgo bancario; fácil contratación y mantenimiento de la clasificación.