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CDC'2021

Actualidad Aseguradora nº09 año 130

Se pudo celebrar en Madrid, de forma presencial y on line, los días 27 y 28 de mayo

 

 

El patrocinio de BCNDATA, BCN Iuris e Innoku, y la colaboración en la organización de INESE y la revista ‘RC Responsabilidad Civil y Seguro’, hizo posible la celebración, los días 27 y 28 de mayo, del XXXVII Congreso de Derecho de la Circulación (CDC’21). Testimoniando el ansiado retorno a la normalidad, pudo celebrarse de forma simultánea de forma presencial, en el hotel Princesa de Madrid, y on line. Contó con la participación de los más conocidos profesionales, que analizaron los temas de mayor muy interés y actualidad en la materia. Se pudo así conocer, por ejemplo, que es probable que el 1 de enero de 2022 se publiquen y entren en vigor las modificaciones de las bases técnicas actuariales del Baremo.  

 

 

En su primera jornada, el Congreso se inició con intervenciones de Susana Pérez, directora general de INESE, y José Antonio Badillo, director de la revista de RC, quienes hicieron mención a las ponencias a impartir y repasaron las novedades jurisprudenciales y legislativas de los últimos meses relativas al Derecho de la Circulación.

Ángeles Romero, directora general de Innoku, presentó a los primeros ponentes, Miquel Martín, catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Girona, y Manuel Mascaraque, director del Área de Seguros Generales de UNESPA, que debatieron sobre el informe razonado del baremo. El primero hizo un resumen del informe de evaluación ex post elaborado por la Comisión de Seguimiento del baremo, destacando las recomendaciones sobre aspectos procedimentales de la Ley, mientras que Mascaraque aludió a las modificaciones relativas a las tablas de sistema, manifestando que, probablemente, el 1 de enero de 2022 se publicarán y entrarán en vigor las modificaciones de las bases técnicas actuariales, las cuáles supondrán un incremento aproximado de un 9% de las indemnizaciones. 

Seguidamente, José Luis Seoane, magistrado de la Sala Primera del Tribunal Supremo, impartió una ponencia sobre la valoración del daño material en accidentes de circulación, sosteniendo que nos encontramos dentro del marco del Derecho de Daños, cuya finalidad es la reparación íntegra del daño, que debe comprender el daño efectivamente causado, sin que haya enriquecimiento por parte de la víctima. Aludió, para ello, a la sentencia de la Sala 1ª del Tribunal Supremo, de 14 de julio de 2020, de la que fue ponente.

Tras una pausa, el Anteproyecto de medidas de eficiencia procesal del servicio público de la justicia fue abordado por Mª Cruz Aparicio, letrada del Gabinete Técnico del Tribunal Supremo, que realizó un repaso de las modificaciones más relevantes que afectan al sector, destacando la necesidad de acudir a los medios extrajudiciales de resolución de conflictos como requisito de procedibilidad para iniciar acciones judiciales.

Finalizó la jornada de mañana con la intervención de Jorge Calsamiglia, abogado, que analizó la sentencia del Tribunal Supremo de 24 de febrero de 2021, que declara lesiva la cláusula de un Seguro de Defensa Jurídica cuya suma asegurada era de 600 euros. Defendió que quizá las pólizas deberían indicar la suma asegurada y la prima correspondiente. En tal sentido, añadió que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea no excluye que puedan fijarse límites a la cuantía cubierta por el asegurador en función de la prima pagada, pero siempre que ello no comporte vaciar de contenido la libertad de elección por el asegurado de la persona facultada para representarlo y siempre que la indemnización efectivamente abonada por este asegurador sea suficiente, lo que corresponde comprobar en cada caso al órgano jurisdiccional nacional.

 


Cambiar el comportamiento de los conductores

Javier Villalba, jefe Provincial de Tráfico de Toledo, habló sobre la reforma del la Ley de Tráfico y Seguridad Vial, que se centra, fundamentalmente, en la modificación del permiso por puntos. Manifestó que la modificación tiene como objetivo reducir la accidentalidad, actuando en el cambio de los comportamientos de los conductores a través del desarrollo de la educación en Seguridad Vial. 
En el coloquio indicó que los patinetes y demás vehículos cuya potencia es superior a 25 kms/h, se consideran vehículos a motor y por ello deberían de ser susceptibles de obtener el permiso de circulación, si bien, la mayoría no reúnen las características requeridas para poder obtener dicho permiso.


 

Víctimas involucradas en un accidente 

El resarcimiento del duelo patológico en el baremo fue la ponencia impartida por Mariano Medina, abogado y presidente de Honor de la Asociación Española de Abogados Especializados en Responsabilidad Civil y Seguro. Puntualizó que las víctimas involucradas en un accidente deberían considerarse como tales, aunque no haya sufrido daños de forma directa. También se refirió a los perjudicados que no han intervenido en el accidente, pero que sufren daños psíquicos por las lesiones o fallecimiento de un ser querido. En este caso, el sistema limita su cobertura solo a los gastos psicológicos que sufran durante los seis meses siguientes al accidente.

Rafael Mª Bañón, médico forense y director del Instituto deMedicina Legal de la Región de Murcia, se refirió luego a las dificultades prácticas de los institutos de medicina legal, en particular, a la valoración de los informes privados, la obligación o no de que exista oferta motivada para poder acudir a los Institutos o la presencia de acompañantes en el momento la valoración de las víctimas por parte de los forenses.

El primer día del Congreso se cerró con un debate sobre el efecto de la baja laboral en la valoración de la pérdida de calidad de vida en lesiones temporales; contó con la participación de José Manuel Villar, abogado, y Luis Alfonso Mesonero, responsable de Siniestros Especiales de Pelayo. Discutieron sobre los distintos criterios médicos (atención primaria, valoradores, forenses, mutuas de accidentes) en relación al impedimento, la conexión entre la baja laboral y la pérdida de calidad de vida, los factores ajenos a la lesión y su incidencia en la valoración de la lesión temporal, así como la incidencia que tiene en la valoración de la pérdida de calidad de vida los elementos anteriores al accidente (el estado previo) y posteriores (el alta laboral anticipada)”.

Abrió la segunda jornada la ponencia sobre el acceso al mercado laboral de menores de treinta años, la necesidad de adecuación de la vivienda y el incremento en los costes de movilidad. Fue impartida por el abogado Javier López y García de la Serrana, socio-director de Hispacolex, que se refirió a los criterios de la Comisión de Seguimiento del baremo sobre estas cuestiones. En particular, indicó que para determinar si un menor de treinta años se haya incorporado al mercado laboral, a los efectos del art. 130 LRCSCVM, se debe tener en cuenta si la actividad que desempeñaba en el momento del accidente comportaba el derecho a recibir pensión contributiva.

A continuación, Antonio del Moral, magistrado de la Sala 2ª del Tribunal Supremo, al hilo de la sentencia del TS de 22 de julio de 2020, de la que fue ponente, disertó sobre la diferencia entre la imprudencia grave, la menos grave y la leve (esta última despenalizada). Sostuvo que no es fácil para los juzgadores trazar las líneas divisorias entre los distintos tipos de imprudencia penal, si bien, la reforma del Código Penal de 2019 nos orienta respecto a lo que debe interpretarse por imprudencia penal menos grave y grave, al relacionarla con las infracciones graves y muy graves, respectivamente, de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial.

 


Cambiar el comportamiento de los conductores

La última ponencia del Congreso se enfocó en el Dictamen 1/2021 del Ministerio Fiscal y los criterios para la instrucción de atestados y las praxis procesales sobre aplicación de la Ley Penal y el baremo del seguro. La impartió Bartolomé Vargas, fiscal de Sala Coordinador de Seguridad Vial. En ella hizo hincapié en la necesidad de que los policías locales procedan a instruir atestados y abrir diligencias penales cuando estamos ante un delito leve tras un accidente de circulación.


 

El brexit y su incidencia en los accidentes de circulación con componente extranjero, fue el tema tratado por Miguel Relaño, abogado de Clyde & Co. En su exposición señaló que, de momento, los convenios y la normativa en cuanto a la jurisdicción competente (Reglamento Bruselas I bis) y Derecho material aplicable (Reglamento Roma II) respecto de la tramitación de siniestros con elemento extranjero, no se aplican al Reino Unido, con lo cual, a estos efectos, rigen las normas de derecho internacional privado. No obstante, en relación con la ley aplicable, las disposiciones de Roma II han sido incorporadas a la legislación interna del Reino Unido.

El Congreso se completó con las intervenciones de Javier Villalba y Bartolomé Vargas (ver resumen en recuadros), que fueron seguidas de un interesante coloquio. Juana Romero, responsable de Formación de INESE, puso el cierre, agradeciendo la asistencia, el alto nivel de las ponencias presentadas y el apoyo y colaboración de BCN Iuris e Innoku.  I

 

 

 

 

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